
La paternidad es un evento vital que genera un profundo impacto en la vida de las personas. En el contexto laboral, este acontecimiento conlleva la solicitud del permiso de paternidad por parte del empleado y la necesidad de que la empresa implemente las medidas pertinentes para cubrir su ausencia temporal.
A pesar de las intenciones del gobierno de extender el permiso de paternidad y maternidad a 20 semanas, incluso a 26, según una posible interpretación judicial, a fecha de 1 de enero de 2025, los progenitores siguen teniendo derecho a 16 semanas de baja por nacimiento o adopción. La falta de aprobación de los presupuestos generales ha retrasado la implementación de esta medida, que buscaba fomentar una mayor conciliación familiar.
A finales de 2023, el Gobierno de coalición anunció una reforma sustancial en la política de permisos parentales, estableciendo un nuevo estándar: ambos progenitores tendrán derecho a un permiso de veinte semanas tras el nacimiento del hijo. En la actualidad, este periodo es de dieciséis semanas, de las cuales seis son obligatorias para el progenitor que elija disfrutarlas primero. Las diez semanas restantes podrán ser distribuidas libremente por ambos padres durante el primer año de vida del menor. Esta medida responde a la creciente necesidad de conciliar la vida laboral y familiar, reconociendo el papel fundamental de ambos progenitores en la crianza de los hijos.
¿Quieres saber cuáles son las últimas novedades relacionadas con las bajas de paternidad? ¿Cuánto tiempo dura y cómo afecta a tu empresa? ¿Sabes qué tiene que pagar la empresa y qué tiene que abonar la Seguridad Social en una baja por paternidad este 2025? Te lo explicamos todo en este post.
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¿Qué Es la Prestación por Paternidad?

El permiso de paternidad es una pausa laboral temporal que se concede a los padres para que puedan conciliar su vida familiar y laboral. En España, este permiso, instaurado en 2007, permite a los padres ausentarse de su puesto de trabajo y recibir una prestación económica mientras cuidan de su hijo.
¿Qué Ley Regula la Prestación de Baja por Paternidad?
Los permisos de paternidad y maternidad en España han experimentado una evolución significativa en los últimos años, culminando en la completa igualdad entre ambos progenitores. La reforma de 2019 equiparó los derechos de los padres y madres, estableciendo un permiso de 16 semanas para el cuidado del recién nacido. Esta medida histórica, recogida en el Real Decreto-ley 6/2019, busca garantizar la igualdad de oportunidades y responsabilidades en la crianza de los hijos.
Duración de la Prestación por Paternidad en 2025
España se posicionó a la vanguardia en 2021 al implementar un permiso parental equitativo de 16 semanas, íntegramente remunerado e intransferible, tanto para madres como para padres. El Ejecutivo proyecta ahora extender este beneficio a 20 semanas.
El permiso de paternidad ofrece flexibilidad. Comienza con un periodo obligatorio de 6 semanas inmediatamente después del nacimiento. Las 10 semanas restantes se pueden disfrutar de varias maneras:
- Consecutivas: A continuación de las 6 semanas obligatorias.
- Interrumpidas: En semanas individuales, antes de que el bebé cumpla un año, siempre que ambos padres trabajen y se avise con 15 días de antelación.
¿Qué Sucede con la Prestación de Paternidad en Caso de Adopción?
En caso de adopción, el periodo de 10 semanas se cuenta a partir de la fecha de la resolución judicial y puede ser interrumpido si ambos padres trabajan. Si el niño adoptado tiene más de un año, las 10 semanas deben tomarse de forma continua.
Ampliaciones de la Prestación de Paternidad
Casos especiales en nacimientos
Existen diversas situaciones que permiten ampliar el permiso de paternidad para adaptarse a las necesidades particulares de cada familia.
- Partos múltiples: Se añade una semana adicional por cada hijo a partir del segundo.
- Hijos con discapacidad: Se otorga una semana extra por cada menor con discapacidad.
- Nacimientos prematuros o hospitalizaciones prolongadas: El permiso se puede extender hasta 13 semanas adicionales, dependiendo del tiempo que el bebé permanezca ingresado.
- Fallecimiento del bebé: El permiso se mantiene completo, incluso si el padre decide reincorporarse antes.
Adopciones y acogimientos
En los casos de adopción, guarda o acogimiento, también se contemplan ampliaciones:
- Adopciones múltiples: Se añade una semana adicional por cada hijo a partir del segundo.
- Hijos adoptados o acogidos con discapacidad: Se otorga una semana extra por cada menor con discapacidad.
¿Cuándo se Cobra la Prestación por Paternidad?

El cobro de la prestación por paternidad en España suele realizarse de forma mensual y vencida. Esto significa que se abona al final de cada mes por el período correspondiente. Sobre qué día se cobra la prestación por paternidad, podemos decirte que no existe una fecha exacta en la que todos los beneficiarios reciban el pago, ya que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene un proceso de gestión que puede variar ligeramente. Sin embargo, generalmente el ingreso se realiza en los primeros días del mes siguiente.
El INSS gestiona un gran volumen de solicitudes, por lo que los trámites pueden llevar un tiempo. Además, cada caso es particular y pueden surgir situaciones que requieran una revisión adicional.
Plazo para Solicitar la Prestación por Paternidad en 2025
El permiso de paternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Pasado este período el derecho a solicitar el permiso se pierde.
Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja. Así es más fácil garantizar una transición sin problemas.
¿Es Obligatorio Acogerse a la Baja por Paternidad?
Sí, las 6 primeras semanas de baja son obligatorias, por lo que la persona trabajadora no puede renunciar al permiso.
¿Pueden los Autónomos Disfrutar de la Prestación por Paternidad?
Así es, las personas trabajadoras por cuenta propia también pueden solicitar la prestación por paternidad. En esta situación en particular, recibirán una prestación equivalente al 100% de su base de cotización en los últimos 6 meses anteriores al nacimiento o la adopción.
¿Cuánto se Cobra en la Prestación por Paternidad en España?

La prestación económica por nacimiento y cuidado de menores es un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del nacimiento dividida entre el número de días a que dicha cotización se refiera.
Cuando la persona trabajadora perciba una retribución mensual y haya permanecido en alta en la empresa todo el mes natural, la base de cotización correspondiente se dividirá entre 30.
En caso de que haya ingresado en la empresa en el mes anterior, para el cálculo de la base reguladora se tomará la base de cotización por contingencias comunes correspondiente al mes inmediatamente anterior al del inicio del descanso o del permiso por nacimiento y cuidado de menor.
Si la persona trabajadora hubiera ingresado en la empresa en el mismo mes del hecho causante, para el cálculo de la base reguladora se tomará la base de cotización por contingencias comunes de dicho mes.
Para los autónomos, la prestación económica consistirá en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora cuya cuantía diaria será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al mes previo al del nacimiento o adopción entre 180.
Requisitos para Pedir la Prestación por Paternidad
Las personas interesadas en la baja por paternidad en España deben cumplir con una serie de requisitos:
– Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta. De igual forma está protegido por la Seguridad Social.
– Estar al corriente con el pago obligatorio de las cuotas ante el Seguro Social.
– Tener cubierto un período mínimo de cotización que varía en función de la edad
No se exigirá período mínimo de cotización si las personas trabajadoras tienen menos de 21 años de edad en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción.
Si las personas trabajadoras tienen cumplidos 21 años de edad y son menores de 26 en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:
- 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso.
- 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
Si tienen 26 años de edad en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:
- 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso.
- 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
Cómo Solicitar la Prestación por Paternidad

Para solicitar el permiso de maternidad o paternidad de manera telemática será necesario:
- Acceder al portal Tu Seguridad Social.
- Autenticarse a través de Certificado Digital o usuario y contraseña en Cl@ve.
Después, simplemente habrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente:
- Solicitud de la prestación.
- Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
- Las personas trabajadoras por cuenta ajena tendrán que presentar un Certificado de empresa donde se incluya la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.Si este Certificado ya ha sido enviado por la empresa, no hará falta.
También tienes la opción de realizar la solicitud:
- Por correo ordinario. Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo. Tendrás que realizar el envío a la Dirección Provincial del INSS o del ISM que corresponda.
- De manera presencial, solicitando cita previa y presentando la solicitud y la documentación requerida.
Para solicitar la baja por nacimiento habrá que aportar documentos específicos según el motivo:
Si se solicita la baja por nacimiento de un/a hijo/a:
- Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
- Libro de Familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.
En caso de gestación por sustitución:
- Inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente (persona que confía la gestación de su hijo a otra persona) o la inscripción de la filiación del hijo en el Registro Civil español a favor del comitente y de la madre biológica.
Por adopción o acogimiento:
- Libro de Familia o Certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo/a.
- Resolución judicial por la que se constituye la adopción o resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
- Cuando sea necesario el desplazamiento previo al país de origen del niño adoptado, deberá aportar la documentación emitida por el órgano competente de su comunidad autónoma, en la que se justifique el inicio de los trámites para la adopción.
Cambios en la Prestación por Paternidad 2025
La Ley de Familia contempla importantes cambios en el permiso de paternidad destacando la posibilidad para el segundo progenitor de adelantar 10 días del permiso para acompañar a la embarazada antes del parto.
Una vez se publique en el BOE y entre en vigor la normativa esta medida modificaría el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores.
Hasta ahora, el permiso se estructura de la siguiente manera:
- Se suspende el contrato de cada progenitor por cuidado de menor después de las primeras 6 semanas inmediatamente posteriores al parto.
- Estas semanas pueden disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el hijo cumpla 12 meses.
- La madre biológica puede anticipar su ejercicio hasta 4 semanas antes del parto.
- Con la nueva Ley el segundo progenitor también podrá anticipar su permiso hasta 10 días antes de la fecha prevista para el parto. Esta medida tiene como objetivo asegurar que la madre pueda ser acompañada y atendida en la recta final de su embarazo.
Además, se están considerando enmiendas para aumentar el permiso hasta las 20 semanas, aunque los detalles específicos se conocerán una vez se publique la Ley de Familia.
De momento, las actuales 16 semanas de las que pueden disfrutar ambos progenitores se dividen de esta forma:
- 6 semanas obligatorias de baja por paternidad o maternidad, ininterrumpidas y a jornada completa tras el parto o resolución (en el caso de adopción).
- Las 10 semanas siguientes se podrían disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida hasta que el bebé cumpla 12 meses.
Es importante tener en cuenta que el permiso es individual para cada progenitor y no puede transferirse a la pareja. La comunicación del disfrute de cada período o su acumulación debe hacerse a la empresa con al menos 15 días de antelación. Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa se puede limitar el ejercicio simultáneo del permiso por escrito, basándose en razones fundadas y objetivas.
Estos cambios buscan mejorar la conciliación familiar y reducir la discriminación laboral, promoviendo una distribución más equitativa de las responsabilidades parentales.