
Para algunas personas, jubilarse es un paso muy importante, ya que supone un enorme cambio en sus vidas. Sin embargo, no todo el mundo está preparado para dejar por completo su rutina laboral, ya sea porque les gusta trabajar para sentirse realizados o porque tienen un fuerte compromiso con la empresa.
Para estas personas, existe una solución ideal: La jubilación activa. Una modalidad que permite compatibilizar el cobro de un porcentaje de la prestación contributiva con el ejercicio de una actividad por cuenta propia o ajena. Eso sí, antes de solicitarla, es importante que conozcas la normativa relacionada con la misma, así como contar con una buena asesoría contable para empresas que gestione todo el tema con la empresa para la que trabajas.
A lo largo de este artículo, te explicaremos toda la normativa de la jubilación activa en 2025, los requisitos que debes cumplir para solicitar y el procedimiento que debes seguir tanto tú como tu empresa para constar como este tipo de trabajador.
¿Qué es la jubilación activa?
Tal y como indica su nombre, se trata de una modalidad en la que una persona que ya haya solicitado la jubilación puede continuar trabajando, con cualquier tipo de jornada, mientras percibe un porcentaje de la pensión de jubilación ordinaria.

¿Cómo es la jubilación activa para autónomos?
Es una gran pregunta, ¿hay alguna diferencia entre la jubilación activa para un autónomo que para una persona que trabaje por cuenta ajena? La respuesta es no, ambos pueden acogerse a esta modalidad.
La única gran diferencia es que el autónomo seguirá haciéndose cargo de las cuotas que le correspondan a la Seguridad Social, así como todas las responsabilidades fiscales de su negocio como ha ido haciendo los últimos años.
¿Cuál es la diferencia entre jubilación activa y flexible?
Existen otras modalidades a las que te puedes acoger, como por ejemplo la jubilación flexible. Pero, ¿cuál es la diferencia?
- En la jubilación activa se pueden acoger tanto autónomos como trabajadores por cuenta ajena, pero con la flexible solo es para empleados.
- En la jubilación flexible se cobra un porcentaje de la pensión proporciona a la reducción de la jornada.
- En la flexible, es obligatorio reducir la jornada, mientras que en la activa el trabajador puede trabajar a jornada completa o tiempo parcial.
Resumiendo: La jornada activa permite contar con el trabajador a jornada completa o parcial, mientras que la flexible requiere de una reducción de jornada, teniéndolo como un apoyo para la empresa.
¿Qué importe se cobra por la jubilación activa?
Tras las correcciones que se realizaron en la Ley General de la Seguridad social del Real Decreto-ley 11/2024, desde el 1 de abril la cuantía se calcula según los años que la persona se mantenga en situación de jubilación activa.
Cabe señalar que el porcentaje que vamos a mencionar a continuación corresponde a la jubilación activa de 2025, pudiendo variar en años posteriores:
- Un 45% de la pensión ordinaria si pospone un año su jubilación.
- Un 55% si pospone su jubilación 2 años.
- Un 65% si la pospone 3 años.
- El 80% en el caso de posponerla 4 años.
- El 100% si la pospone 5 años o más.
- En el caso de no interrumpir tu actividad laboral, puedes bonificarte de un 5% anual.
¿Y en el caso de los autónomos?
Ahora supongamos que eres autónomo y vas a posponer la jubilación. ¿Qué pasa si tienes una persona a tu cargo que está con contrato indefinido?
En ese caso, la cuantía será del 75% en el caso de posponerlo 1 a 3 años.
¿Cómo es la cotización de la jubilación activa?
Con esta jubilación se cotiza por incapacidad temporal y contingencias profesionales, es decir, que el trabajador si se da de baja podrá seguir cobrando, pero no en el caso de una incapacidad permanente.
La cotización especial de solidaridad
Los pensionistas en activo están obligados a tener que afrontar esta pequeña carga extra. Pero, ¿qué es y quién lo paga?
¿Qué es la cotización especial de solidaridad?
Se trata de un gravamen obligatorio que se aplica, específicamente, a los pensionistas que decidan acogerse a la modalidad de jubilación activa.
¿Para qué sirve?
Su objetivo es que el trabajador jubilado que ha vuelto a trabajar percibe una parte de su pensión, mientras genere ingresos, contribuya al sistema de la Seguridad Social por su actividad laboral.
Para entenderlo mejor:
- No suma vida laboral.
- No genera derecho a otras prestaciones.
¿Quién debe pagarlo?
El pago se divide en:
- El empleado hace frente al 2% y el 7% restante en el empleado.
- En el caso de los autónomos, deben asumir el 9% de forma íntegra.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la jubilación activa?
Debes saber que no todo el mundo puede acogerse a esta modalidad, así que vamos a ver quién puede acogerse y qué requisitos hay que cumplir:
¿Quién tiene derecho a jubilación activa?
Según específica la ley, podrás acogerse todos los regímenes de la Seguridad Social, los afiliados al RETA o autónomos (a excepción de los administradores de una sociedad).
También tienen derecho a ellos los colegiados adscritos a una mutualidad de previsión social.
Requisitos
A continuación, ¿qué requisitos hay que cumplir para ser pensionista activo?
- Haber transcurrido 1 años desde que se alcanzó la edad de jubilación.
- Haber cotizado, como mínimo, 15 años.
- No estar en situación de jubilación anticipada (salvo que sea una jubilación parcial con contrato de relevo).
- El empresario esté de acuerdo en tener al trabajador en esa modalidad.
¿Qué requisitos debe cumplir la empresa?
Al igual que el trabajador, la empresa también tiene que cumplir con una serie de requisitos para contratar a un trabajador en jubilación activa:
- En los 6 meses anteriores a la jubilación activa no debe haber despedido, de forma improcedente, a empleados que pertenezcan al mismo grupo profesional que la persona jubilada.
- La empresa deberá mantener el nivel de empleo existente antes de su inicio, manteniendo así el número de trabajadores que haya dado de alta por lo menos 90 días.
¿Cómo puedes solicitar la jubilación activa?
Para solicitarla, hay que seguir una serie de pasos:

Formulario de conformidad
Cómo hemos mencionado al comienzo de este post, no basta con que el trabajador quiera acogerse a esta modalidad. El empresario debe estar de acuerdo.
Y para ello, es necesario que el empresario firme un formulario de conformidad, el cuál se puede descargar en la web de la Seguridad Social.
Documentación del trabajador
Esta es la información que debe presentar el trabajador:
- Fotocopia del DNI
- Fotocopia de libro de familia
- Número de cuenta bancaria
- Formulario oficial de jubilación.
- En el formulario de jubilación debe seleccionar la casilla de Jubilación Activa (epígrafe 2.4).
- Cumplimentar la declaración de actividad.
¿Cómo se presenta?
Toda la documentación la puedes presentar pidiendo una cita presencial en la Seguridad Social o hacerlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Otra opción es dejarlo en manos del gestor o asesor contable de la empresa, para que realice todo el trámite y lo presente en nombre de la empresa. Una opción mucho más cómoda y ágil para el trabajador.
¿Hay otras alternativas a las que acogerse?
Por supuesto, existen otras opciones a las que puedes acogerte, como:
- Jubilación flexible: Cómo ya emos explicado, requiere de una reducción de la jornada, cobrando menos prestación que con la activa.
- Jubilación parcial: Esta puede ser con o sin contrato de relevo, es decir, que haya otra persona que complete las tareas que el trabajador jubilado no haga durante su jornada.
- Actividad artística y derechos de autor: Aquellos que tengan obras publicadas podrán seguir percibiendo ingresos derivados de sus derechos de propiedad intelectual una vez jubilados.
- Autónomos con ingresos por debajo del SMI: En el caso de que la facturación anual no supere el importe del SMI (anual) podrán ejercer un trabajo por cuenta propia.
- Regentar un negocio: Si la persona jubilada es el propietario de una empresa, los ingresos derivados de esta son compatibles con la pensión por jubilación, siempre y cuando no realice ninguna labor en ella.


